Modificación sustancial condiciones de trabajo
De wikipedia sindical
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La modificación sustancial de las condiciones de trabajo (MSCT) es el cambio unilateral por parte de la empresa en aspectos clave (jornada, horario, salario, funciones) justificado por razones técnicas, organizativas, económicas o de producción. Requiere un preaviso de 15 días, ser comunicada por escrito y permite al trabajador aceptar, impugnar o extinguir el contrato con indemnización.
Aspectos clave de la MSCT (Art. 41 Estatuto de los Trabajadores):
- Materias modificables: Jornada de trabajo, horario y distribución del tiempo, régimen de trabajo a turnos, sistema de remuneración y cuantía salarial, sistema de trabajo y rendimiento, y funciones (cuando excedan la movilidad funcional).
- Justificación: Debe estar basada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (la empresa debe demostrar la necesidad del cambio).
- Procedimiento:
- Preaviso: La empresa debe notificar al trabajador y a sus representantes con al menos 15 días de antelación a su efectividad.
- Forma: Comunicación por escrito, detallando la modificación, causas y fecha de efecto.
- Tipos de Modificación:
- Individual: Afecta a un trabajador o grupo pequeño sin llegar a los umbrales de la colectiva.
- Colectiva: Afecta a un número de trabajadores superior a los umbrales establecidos en un periodo de 90 días (ej. 10+ trabajadores en empresas de menos de 100).
- Opciones del Trabajador:
- Aceptar: Cumplir con las nuevas condiciones.
- Impugnar: Demandar ante la jurisdicción social en un plazo de 20 días hábiles si considera que la modificación no está justificada o es incorrecta.
- Extinguir el contrato: Rescindir la relación laboral con derecho a una indemnización de 20 días por año de servicio (máximo 9 mensualidades) y acceso a desempleo si la modificación le causa perjuicio.